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Martes, 22 de setiembre de 2026

PoderRedacción Panch

Autorizan al Imarpe ejecutar la Operación Anguila VII en área marítima del norte

El Ministerio de la Producción aprobó la prospección biológico-pesquera del recurso anguila entre los 03°24'S y 06°30'S, con dos embarcaciones comerciales y siete días de trabajo en el mar.

PRODUCE articula con DICAPI y Policía acciones urgentes para reforzar la seguridad de los pescadores de Tumbes. Fotografía publicada por Ministerio de la Producción en su sala de prensa de gob.pe.
Foto: Ministerio de la Producción, vía gob.peFuenteFoto de la sala de prensa de la entidad en gob.pe

El Ministerio de la Producción autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) a ejecutar la Operación Anguila VII en el área marítima comprendida entre los 03°24’S y 06°30’S, hasta profundidades de 300 brazas. La Resolución Ministerial N° 00333-2026-PRODUCE fue firmada el 21 de setiembre de 2026.

La operación se realizará a bordo de dos embarcaciones pesqueras de menor escala de la flota comercial autorizada para la extracción de anguila. El Imarpe precisó que la prospección contempla siete días efectivos de trabajo en el mar y tiene previsto su inicio a partir del 8 de octubre de 2026.

El objetivo de la Operación Anguila VII es evaluar la abundancia relativa, distribución, concentración, estructura por tallas y aspectos reproductivos del recurso anguila (Ophichthus remiger) en el área de estudio.

La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura consideró que la prospección permitirá al Imarpe obtener información sobre la abundancia, distribución y estructura poblacional del recurso, contribuyendo al conocimiento sobre su estado situacional.

La Resolución Ministerial N° 000433-2025-PRODUCE estableció el régimen provisional de extracción del recurso anguila para el año 2026, con una cuota de captura total permisible anual de 5.740 toneladas, aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 en todo el ámbito del dominio marítimo peruano.

El Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso anguila, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2024-PRODUCE, establece que el Imarpe es la entidad responsable de efectuar investigaciones sobre la biología, pesquería y dinámica poblacional del recurso bajo un enfoque ecosistémico.

La autorización se emitió en el marco de la Ley General de Pesca, que señala que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y corresponde al Estado regular su manejo integral y explotación racional.

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